Tema..: Comunicados Publicado el 29-09-2026
Comunicado Sindicato N°1 - Jornada de Trabajo
Estimadas socias y socios:
En relación con el comunicado emitido por la Presidencia el pasado 24 de septiembre, que modifica el esquema de trabajo híbrido (a 3 x 2, tres días presenciales y dos teletrabajos), a partir del 1 de noviembre de 2026, les compartimos las ideas centrales revisadas junto a nuestro asesor jurídico:
1. Aviso previo y modificación del esquema
Al ser las condiciones originales pactadas con posterioridad al inicio de la relación laboral, la empresa puede ordenar el retorno de manera unilateral, avisando con, al menos, 30 días de anticipación. Si bien en este caso el aviso cumple con ello, a juicio de este sindicato no cumple con las condiciones de especificación suficientes para determinar que cumpla con las características estipuladas por la ley, por lo que es importante estar atentos/as a lo que se converse con su jefatura.
2. Recomendaciones a los socios
- Envíen al sindicato una copia de su anexo de teletrabajo.
- Ante cualquier duda, antes de firmar nuevos anexo y documentos sobre la modalidad de trabajo consúltelo con la directiva.
3. Trabajadores excluidos de jornada (artículo 22)
Estar excluido de jornada no libera de la obligación de asistir: el lugar de trabajo lo fijan el contrato y el anexo. Si la mayor presencialidad trae control de asistencia o supervisión directa, la exclusión podría perder sustento, con derecho a jornada ordinaria y horas extraordinarias. Quienes estén en esta situación, contacten al sindicato.
4. Condiciones en Huechuraba
La empresa debe asegurar puestos de trabajo suficientes, con condiciones ergonómicas adecuadas, y servicios higiénicos conforme a la normativa. Las áreas de cafetería no son puestos de trabajo. Visitaremos las instalaciones para constatar estas condiciones; si detectan problemas, infórmenlos al sindicato.
5. Ley de Conciliación (Ley N° 21.645)
Quienes tengan el cuidado personal de hijos menores de 14 años, deben enviar el certificado de nacimiento, para elevar la solicitud, con al menos 15 días antes de comenzar el proceso de presencialidad. Aquellos que tengan a cargo el cuidado de personas con discapacidad (mayores de 14 años) o dependencia pueden solicitar teletrabajo total o parcial. Para ello, deben estar registrados en el registro nacional de cuidadores. (Lo anterior siempre y cuando el rol lo permita)
La empresa debe responder y fundamentar un eventual rechazo. Recomendamos presentar la solicitud por escrito antes del 1 de noviembre, y notificar al sindicato de ello.
Ante cualquier duda, contáctate con la directiva.
Les saluda,
Directiva Sindicato N°.1
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